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INCONSTITUCIONALIDAD DE LA SOBRETASA DE IVA A LAS OPERACIONES INMOBILIARIAS

¿La venta de inmuebles es un hecho imponible en el IVA susceptible de ser gravado con una sobretasa? La respuesta a esta pregunta retórica es un rotundo y categórico no. El artículo 62.3 de Decreto Constituyente de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado (publicado en la G.O. No. 6.507 Extraordinario del 29 de enero de 2020 y adelante la “LIVA”), dispone que cuando se realicen ventas de bienes inmuebles que sean pactadas y pagadas en moneda distinta a la de curso legal en el país, o criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos y respaldados por la República Bolivariana de Venezuela, se aplicará la alícuota impositiva establecida en el tercer aparte del artículo 27 de la Ley, es decir, la tarifa que fijará el Ejecutivo Nacional mediante Decreto y que estará comprendida entre un límite mínimo de cinco por ciento (5%) y un máximo de veinticinco por ciento (25%). La norma indica que los registradores ...

SANCIONES USA-VZLA Y DERECHO VENEZOLANO

Introducción El programa de sanciones aplicado por los EEUU a Venezuela, es un asunto de Derecho norteamericano que necesariamente debe ser, siempre y en todo caso, analizado por abogados norteamericanos. Las opiniones de los abogados venezolanos sobre este asunto, pueden servir de orientación, pero siempre deben recibirse con reserva y confirmarse con abogados norteamericanos. Pero lo anterior no significa que los abogados venezolanos no tenemos nada que aportar al asunto. El programa de sanciones del Departamento del Tesoro de EEUU es una legislación norteamericana ciertamente, pero con efectos extraterritoriales. No es la primera vez que esto ocurre; la realidad es que en muchas ocasiones en el pasado, EEUU ha dictado leyes y otras normas que trascienden sus fronteras y afectan a otros países o incluso al resto del mundo. Así ha ocurrido, por ejemplo, con la Ley Patriota, la Ley de Prácticas Corruptas en el Extranjero y las normas FATCA, entre muchas otras. ...

ANC NO PUEDE LEGISLAR

Mediante Decreto No. 2.830 del 1 de mayo de 2017 [1] , el Presidente de la República convocó una Asamblea Nacional Constituyente. Autorizada doctrina [2] opina que esa convocatoria es inconstitucional por cuanto se hizo en manifiesta violación del artículo 347 de la Constitución, de acuerdo con el cual: “El pueblo de Venezuela es el depositario del poder constituyente originario. En ejercicio de dicho poder, puede convocar una Asamblea Nacional Constituyente con el objeto de transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar una nueva Constitución”. De modo pues que sólo por decisión del “pueblo”, alcanzada mediante referendo popular, podía convocarse efectivamente la instalación de una Asamblea Nacional Constituyente. Como se ha afirmado con acierto, “…cuando el artículo 348 de la Constitución faculta al Presidente de la República, en Consejo de Ministros, y a otros órganos, o a una porción del electorado, para ejercer la iniciativa de convocatoria de ...