INCONSTITUCIONALIDAD DE LA SOBRETASA DE IVA A LAS OPERACIONES INMOBILIARIAS
¿La venta de inmuebles es un hecho imponible en el IVA susceptible de ser gravado con una sobretasa? La respuesta a esta pregunta retórica es un rotundo y categórico no. El artículo 62.3 de Decreto Constituyente de Reforma Parcial del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley que establece el Impuesto al Valor Agregado (publicado en la G.O. No. 6.507 Extraordinario del 29 de enero de 2020 y adelante la “LIVA”), dispone que cuando se realicen ventas de bienes inmuebles que sean pactadas y pagadas en moneda distinta a la de curso legal en el país, o criptomonedas o criptoactivos diferentes a los emitidos y respaldados por la República Bolivariana de Venezuela, se aplicará la alícuota impositiva establecida en el tercer aparte del artículo 27 de la Ley, es decir, la tarifa que fijará el Ejecutivo Nacional mediante Decreto y que estará comprendida entre un límite mínimo de cinco por ciento (5%) y un máximo de veinticinco por ciento (25%). La norma indica que los registradores ...